En 2026, las comunidades energéticas son una de las figuras más relevantes para acelerar la transición renovable en Colombia. Permiten que vecinos, empresas o municipios se asocien para producir, almacenar y compartir energía limpia, accediendo a beneficios económicos y ambientales que serían difíciles de lograr de forma individual.
¿Qué es una comunidad energética?
Una comunidad energética es una asociación de personas naturales o jurídicas que se unen para generar, consumir y compartir energía renovable de forma colectiva. La energía puede provenir de paneles solares, pequeñas centrales hidroeléctricas (PCH) o sistemas de biomasa instalados en uno o varios puntos.
Marco legal: Ley 2099 de 2021 y Decreto 829 de 2022
El modelo está respaldado por la Ley 2099 de 2021 (Ley de Transición Energética) y reglamentado por el Decreto 829 de 2022. Estas normas definen qué es una comunidad energética en Colombia, cómo se constituye, qué tipo de activos puede operar y cómo se reparten los excedentes. Adicionalmente, los miembros pueden combinar este esquema con los beneficios tributarios de la Ley 1715 de 2014.
¿Quiénes pueden conformarla?
- Conjuntos residenciales y condominios.
- Zonas industriales y parques empresariales.
- Municipios y comunidades rurales.
- Empresas con múltiples sedes.
La flexibilidad del modelo permite que un grupo pequeño de viviendas comparta una instalación solar en un techo común, o que un parque industrial financie colectivamente una granja solar para abastecer sus naves.
Beneficios económicos y ambientales
Compartir la inversión y los activos reduce el costo por miembro, mejora la rentabilidad del proyecto y permite alcanzar economías de escala. Adicionalmente:
- Los excedentes se inyectan a la red y se reconocen en factura.
- Se accede a deducción en renta, exclusión de IVA y depreciación acelerada bajo la Ley 1715.
- Se reduce de forma medible la huella de carbono del grupo.
- Se fortalece la independencia frente a la volatilidad del precio de la energía.
¿Cómo se crea una comunidad energética?
El proceso, simplificado, incluye: estructuración jurídica de la asociación, diseño técnico del sistema de generación, gestión del registro ante el operador de red y la UPME, instalación, puesta en marcha y operación. Cada etapa requiere experiencia técnica y regulatoria.
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